sábado, 25 de febrero de 2012

Resumen principales cambios de la reforma laboral



En este post mi intención es dejar clara la magnitud de la reforma laboral y realizar una valoración de la misma. Se han escrito miles de páginas sobre esta reforma por lo que para el que no se quiera leer toda la norma voy a realizar un resumen de la reforma laboral:

La tan polémica reforma laboral se puede resumir en 4 puntos principales:

1. Abaratamiento del despido ordinario



Se elimina la anterior indemnización de 45 días por año trabajado con límite de 42 mensualidades por uno de 33 días por año trabajado con un límite de 24 mensualidades.

Es importante destacar que esta nueva indemnización empezará a contar a partir de ahora por lo que si tú llevas trabajando en tu empresa 10 años y te despide de aquí a 5 años la indemnización que te corresponderá será de 45 días por los 10 primeros años y 33 días por los últimos 5 años.

Respecto al límite de las 24 mensualidades, si el día de la reforma laboral acumulas un número mayor de 24 mensualidades se te mantiene la indemnización antigua hasta el límite anterior de 42 mensualidades.

Es decir, existen 3 posibilidades:

Si a la fecha de la reforma acumulas menos de 16 años de antigüedad la indemnización máxima que podrás recibir será de 24 mensualidades.

Si  a la fecha de la reforma acumulas entre 16 y 28 años de antigüedad recibirás entre 24 y 42 mensualidades en función de los años que lleves a razón de 1,5 mensualidad por año.

Si a la fecha de la reforma acumulas más de 28 años de antigüedad recibirás una indemnización de 42 mensualidades.

2. Despido a 20 días y otros ajustes



Sólo con que la empresa tenga un descenso persistente de su nivel de ingresos durante 3 trimestres consecutivos o alegue razones técnicas, organizativas o de producción (vamos que vale todo), la empresa estará en su derecho de despedirte pagándote a razón de 20 días por año trabajado con un límite de 12 mensualidades.

No sólo despedirte, sino que argumentando los mismos motivos tendrá vía libre para decidir sobre prácticamente todo: la jornada laboral, horarios, turnos, movilidad geográfica e incluso remuneración. Si no estás de acuerdo con las nuevas normas tienes derecho a renunciar a tu trabajo con una indemnización de 20 días con un límite de 9 mensualidades.

3. Vía libre para el ERE

Con la anterior normativa era necesario tener la aprobación de la administración para la realización de un ERE. Ahora en cambio el empresario tiene vía libre para realizar un ERE y pagar a razón de 20 días por año trabajado. Tan sólo tendrá que informarlo y en caso de disputa con los sindicatos tendrá que decidir un juez.

Alegando las causas técnicas, organizativas, de producción o económicas (3 trimestres de caídas de ingresos) ya comentadas se podrá despedir a toda la plantilla a razón de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.



4. Convenio de empresa: jodienda colectiva

Se acabó el ampararse en los convenios del sector, a partir de ahora se podrán realizar convenios internos en la propia empresa, por lo que el empresario tendrá más poder a forzar acuerdos más perjudiciales para el trabajador ya que al no ampararse en un convenio de todo el sector el trabajador pierde la fuerza ya que en vez de negociar 200.000 trabajadores sólo se hacen negociaciones a nivel de empresa (de 2 a 1.000 trabajadores en función de la empresa).

Pero lo mejor de todo es que a pesar de que se llegue a un convenio interno, el empresario, amparándose en razones técnicas, organizativas, de producción o económicas ( reducción de ingresos tras sólo 2 trimestres consecutivos), podrá cambiar el convenio a su antojo  y modificar la jornada laboral, horarios, turnos, movilidad geográfica e incluso remuneración.

Estos son los principales cambios que nos vamos a encontrar en breve tras la reforma laboral, en un próximo post realizaremos una valoración objetiva de la reforma.

2 comentarios:

pues lo siento por los trabajadores. Aunque yo tambien soy trabajador pero empuertas para jubilarme.Lo siento por todos esos trabajadores.

Muy buena informacion sobre la indemnización laboral, gracias

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